La digitalización ha llegado al ámbito de las traducciones juradas en España. Desde el 8 de marzo de 2025, la Orden AUC/213/2025 regula el uso de la firma electrónica cualificada por parte de los traductores jurados, permitiendo la certificación digital de traducciones con plena validez legal BOE.
¿Qué implica la nueva normativa?
La principal novedad es que las traducciones juradas pueden ser certificadas electrónicamente, eliminando la necesidad de firma manuscrita y sello físico. Esto se logra mediante el uso de un certificado electrónico cualificado, conforme al Reglamento (UE) n.º 910/2014 BOE.
¿Qué requisitos técnicos se establecen?
Para que una traducción jurada electrónica sea válida, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Certificado electrónico cualificado: Debe ser emitido por un prestador de servicios de confianza cualificado, como la FNMT o el DNI electrónico.
- Formato PDF/A con firma PAdES: El documento debe estar en formato PDF/A y firmado electrónicamente en formato PAdES.
- Recuadro identificativo: En lugar del sello físico, se incluirá un recuadro digital con los datos del traductor jurado (nombre, idiomas y número de registro).
¿Cómo afecta a tu empresa?
Esta digitalización ofrece múltiples ventajas:
- Agilidad: Los documentos pueden ser entregados de forma inmediata, sin necesidad de esperar al correo postal.
- Seguridad: La firma electrónica garantiza la integridad y autenticidad del documento.
- Ahorro: Se eliminan los costes asociados al papel y al envío físico.
¿Cómo adaptarse a los cambios?
Para adaptarte a esta nueva normativa:
- Obtén un certificado electrónico cualificado: Si aún no lo tienes, es necesario para firmar electrónicamente las traducciones juradas.
- Actualiza tus procesos internos: Asegúrate de que tu sistema de gestión documental sea compatible con el formato PDF/A y la firma PAdES.
- Informa a tus clientes: Comunica a tus clientes que ahora pueden recibir sus traducciones juradas de forma electrónica, con la misma validez legal que en formato papel.



